FUNDAMENTOS LINGÜÍSTICOS DEL LENGUAJE PERIODÍSTICO Y JURÍDICO-ADMINISTRATIVO

LINGUISTIC FOUNDATIONS OF THE JOURNALISTIC AND  JURIDICAL-ADMINISTRATIVE LANGUAGE

CARLOS OLIVA  MARAÑÓN

carlos.oliva.maranon@urjc.es

Facultad de Ciencias de la Comunicación de la Universidad Rey Juan Carlos


Sumario

1 INTRODUCCIÓN

2 EL LENGUAJE PERIODÍSTICO

3 CONCEPTO DE LENGUAS DE ESPECIALIDAD

4 EL LENGUAJE DE LA ADMINISTRACIÓN

4.1 Características del lenguaje de la administración

4.2 Ejemplos del léxico jurídico-administrativo

4.3 Pérdida del control verbal por parte del receptor

4.4  Una realidad de percepción más que una realidad de producción

4.5 La ausencia de reciprocidad

5 CONCLUSIONES        

6 BIBLIOGRAFÍA


Recibido: 2011_07_05 | Aceptado: 2011_07_18

Referenciar como: Oliva Marañón, C. (2011). Fundamentos lingüísticos del lenguaje periodístico y jurídico-administrativo.index.comunicación, 1(1), 25-46. Recuperado de  http://journals.sfu.ca/indexcomunicacion/index.php/indexcomunicacion/article/view/9


Resumen. El lenguaje humano está en constante evolución y el léxico es su repertorio más mutable. El objetivo de este trabajo es el estudio del léxico de la Administración para una mejor comprensión por parte de los ciudadanos. Este lenguaje presenta una idiosincrasia definida, no sólo de léxico, gramática y estilo, sino también de teoría lingüística. Los lenguajes periodístico y jurídico-administrativo constituyen una sinergia entre la lengua global, la lengua general y el lenguaje de especialidad. Los lenguajes específicos son de carácter mixto, a medio camino entre los lenguajes artificiales y las lenguas naturales con peculiaridades propias de carácter semiótico. Se concluye, por un lado, que el lenguaje administrativo es una realidad de percepción pasiva, ajena al circuito verbal de la comunicación que se da en la lengua común; y, por otro, que el lenguaje de la Administración es un código elaborado y prefijado que el ciudadano ha de aprender, aunque pierda parcialmente el control verbal.

Palabras clave: Lengua de especialidad; lenguaje periodístico; lenguaje jurídico-administrativo;  función comunicativa.

Abstract. The human language is in constant evolution and the lexicon is his digest more mutable. The main objective is the study of the lexicon of the Administration for a better comprehension on the part of the citizens. This language presents a definite idiosyncrasy, not only of lexicon, grammar and style, but also of linguistic theory. The languages journalistic and juridical-administrative constitute a synergy between the global language, the general language and the language of speciality. The specific languages are of mixed character, to half a way between the artificial languages and the natural languages with own peculiarities of character semiotic. One concludes, on the one hand, that the administrative language is a reality of passive perception, foreign to the verbal circuit of the communication that is given in the common language; and, for other one, that the language of the Administration is a code elaborated and prearranged that the citizen has to learn, though it should lose partially the verbal control.

Keywords: Language of speciality; journalistic language; juridical-administrative language; communicative function.


1 INTRODUCCIÓN (Sumario)

Desde el punto de vista lingüístico, el periodismo se interrelaciona con la literatura. Si durante muchos años se ha planteado la dicotomía periodista-escritor, Lázaro Carreter se preguntaba: ¿Es que un periodista no es un escritor? Evidentemente, sí; al menos, nada impide que lo sea, por cuanto escribir es su oficio, y hacerlo bien su deber. Con la palabra escritor se refiere Lázaro al creador literario. Por su parte, George Steiner ha dicho de modo muy intuitivo que “la literatura es un lenguaje liberado de su responsabilidad suprema de información (…); las responsabilidades máximas de la literatura, su razón de ser ontológica se encuentran fuera de su utilidad inmediata y de su verificabilidad” (Steiner, 1971: 158-159). En este sentido, las responsabilidades del periodismo están en las antípodas de la literatura, puesto que son la información, su utilidad inmediata y su verificabilidad.

El esfuerzo del periodista por conseguir la comprensión rápida y total del mensaje, junto al deseo de captar la atención del lector, ha supuesto la aparición de un lenguaje particular. Y, en estos momentos de cambios tecnológicos, es especialmente importante delimitar las dimensiones de este lenguaje y las señas de identidad del periodismo para contrarrestar la invasión de informaciones –sucedáneos de la información periodística– que no están hechas por los profesionales de la prensa y que llenan cada día tantos portales y páginas Web en las pantallas del ordenador y, también, en la televisión.

En ocasiones, el redactor periodístico emplea un estilo administrativo, que Lázaro Carreter (1977) caracteriza como “un lenguaje formal, cuyo rasgo más constante es el rechazo de palabras directamente inteligibles, buscando en cambio el tecnicismo, el extranjerismo, los calcos, los términos abstractos, los rodeos, los eufemismos, las voces misteriosas y solemnes y los estereotipos”. Es el lenguaje específico oficial que todos conocemos, presente en los informes, notas y comunicados  de la Administración Pública.

Desde un punto de vista lingüístico, estos lenguajes se caracterizan por utilizar, en términos generales, la gramática de la lengua común, matizada por ciertos usos que pueden destacar cualitativa o cuantitativamente: así, es frecuente que aparezcan formas de tratamiento específicas o habituales en ciertos ámbitos profesionales. Por ejemplo: para el ámbito jurídico, en formas como señoría o letrado o, para el ámbito académico, en formas como profesor o doctor. Igualmente, es frecuente el uso de ciertas formas verbales (futuro de subjuntivo o en el gerundio, en la lengua jurídico-administrativa: si no compareciere, alegación solicitando revisión de pruebas) y como frecuente puede ser el uso de procedimientos específicos de formación de palabras.

2 EL LENGUAJE PERIODÍSTICO  (Sumario)

El siglo XXI arranca con la generalización de unas posibilidades tecnológicas que han producido cambios y novedades en el día a día del trabajo informativo y en el modo de contar la actualidad. Ya no son los periódicos los que dan las noticias sino, desde hace años, la radio y la televisión y, desde hace algún tiempo, las cabeceras que tienen un sitio en Internet. Los diarios que publican en papel dedican su espacio, cada vez más, a analizar, explicar, ampliar los acontecimientos y a opinar sobre ellos. Y, en mayor o menor medida, van dando los pasos para convertirse en empresas multimedia que editan en todos los formatos que existen en el mercado.

A veces, el periodista literariza su estilo, no tanto por lucirse como por obedecer a los sinceros movimientos de su ánimo. Sin embargo, la comunicación periodística y la literaria constituyen dos procesos bien diferenciados en todas sus funciones; siguiendo a Fernando Lázaro Carreter (1977: 11-12), se pueden establecer los puntos de oposición que a continuación  se especifican:

  1. Al escritor no le urgen necesidades prácticas inmediatas, mientras que en el caso del periodista, éstas son acuciantes.
  2. El escritor se dirige a un receptor universal, sin rostro; el periodista, aunque el diario tenga una vasta audiencia, escribe para receptores bastante concretos, cuyo núcleo por lo común es fiel y poco variable.
  3. El mensaje literario actúa sin límites de espacio y de tiempo; el periodístico pierde eficacia y se desvanece fuera de las coordenadas espacio-temporales concretas que definen la actualidad.
  4. Al lector de literatura por regla general no le guían necesidades utilitarias, en contra de lo que ocurre cuando se convierte en lector de prensa informativa.
  5. A diferencia de lo que sucede con las obras literarias que actúan en situación de lectura sumamente diversa para cada lector (como resultado de la falta de un contexto necesariamente compartido por el emisor y el receptor), el periodista y sus lectores viven en unas mismas circunstancias de espacio y de tiempo, reanudando  cada día el contacto comunicativo  interrumpido el día  anterior.
  6. El periodista no puede desentenderse del desciframiento que se haga de su escrito, dado el carácter pragmático de sus mensajes, debiendo esforzarse por eliminar los llamados ‘ruidos’ en Teoría de la Comunicación, elementos sumamente importantes para la existencia de la comunicación  literaria.
  7. El autor literario escribe con total independencia, siendo dueño absoluto de sus palabras; sin embargo, el periodista, que trabaja en equipo, ve mermada su libertad al colaborar solidariamente con otros compañeros para confeccionar el diario.

Además, en lo concerniente a la especialización periodística, los catedráticos Fernández del Moral y Esteve (1993: 180) afirman que “responde a la especialización de los contenidos informativos, pero su cometido no se limita exclusivamente a la mera exposición de los hechos, sino que pretende profundizar en la fenomenología de los contenidos”. De igual manera, Esteve (1993: 319) explica que “la especialización periodística surge como una exigencia de la propia audiencia, cada vez más sectorizada, y, por otra parte, como una necesidad de los propios medios para alcanzar una mayor calidad informativa y una amplia profundización en los contenidos”. Por tanto, el periodismo especializado emerge, según señala Fernández del Moral (1983: 126), “como un reto a la misma esencia de la comunicación de masas, intentando hacer periodísticos fenómenos que no habían podido pertenecer a esta categoría”.

“La Información Periodística Especializada desarrolla una importante función en la tarea de intercomunicación de saberes. La cadena de comunicación debe establecerse con eslabones consecutivos desde el seno de cada especialidad hasta toda la sociedad, teniendo en cuenta que este último eslabón no es precisamente el más elemental como puede pensarse hoy, sino el que tiene tras de sí mayor responsabilidad y, por lo tanto, el que debe conectar con todos los anteriores. Los expertos en comunicación deben pues especializarse para abrir desde lo más recóndito a lo más público en cada materia y comunicarse unos con otros estableciendo así auténticos campos de estudio en la comunicación de cada especialidad”, concluyen Fernández del Moral y Esteve (1993: 53).

Así, la responsabilidad del periodista se ejerce no sólo en su manera de expresar sus experiencias y sus opiniones, sino también en su grado de participación en ese complejo proceso que va desde la caza de las noticias hasta su difusión. Por tanto, no sabremos cuál es exactamente la responsabilidad del periodista en su lenguaje hasta que sepamos quién controla el periódico. Esto implica que el lenguaje periodístico vale lo que vale el periodismo en un lugar y en un momento  histórico dado.

Actualmente, vivimos una situación informativa que, sin duda, presagia una transformación importante del periodismo. Pero ni en los periódicos y las revistas, ni en los informativos de radio o televisión ni, menos aún, en la actualización constante que exigen los medios digitales, se puede prescindir del texto informativo. “Largo o breve, con grandes titulares o en un espacio pequeño, con imágenes y sonido o tal como sale del teclado, es el elemento básico de la tarea de informar, que nunca puede desentenderse de la redacción de la noticia” (Edo, 2001: 79-94). Hay que reseñar que entre los objetivos de un periodista figura la consecución de un “buen titular” y que aunque el titular proceda de la prensa escrita, no es exclusivo de ella. Actualmente, los medios audiovisuales reproducen en sus noticiarios el formato de la prensa escrita, introduciendo titulares al comienzo de los boletines informativos. Igualmente, todos los medios elaboran las llamadas “Revistas de prensa”, basándose únicamente en los titulares. El titular se con- figura así como un elemento “poderoso”, capaz de definir por sí mismo la tendencia  ideológica  de un medio  de comunicación.

Y con la novedad de que las investigaciones más recientes llevadas a cabo sobre la lectura en los medios digitales revelan que los textos noticiosos –en concreto, los titulares y los sumarios– son lo primero que miran los lectores en Internet. Sólo después de consultar el artículo seleccionado previamente en la home page, pasan a las fotografías, a los gráficos, al sonido y a los vídeos. La atención se capta por el texto, mientras que en los periódicos y revistas en papel son las imágenes las que atraen al lector.

El periodismo es escrito desde sus inicios y no renuncia a seguir siéndolo cuando añade y afianza a lo largo del siglo XX la dimensión audiovisual, ni tampoco ahora cuando se convierte, además, en digital y multimedia. El lenguaje del periodismo, que busca una comunicación distinta de la que se consigue al hablar y distinta, a la vez, del lenguaje poético nace como un subproducto literario. Pero pasa después por una serie de cambios que le irán otorgando las singularidades que mantiene ahora –que no son exactas a las del pasado, ni tampoco a las del futuro próximo– y que todavía no se han cerrado ni se llegarán a cerrar, puesto que la prensa expone la realidad de una sociedad concreta en un momento concreto, y eso exige utilizar un lenguaje que siempre debe mantenerse vivo.

A medida que se profesionalizó el oficio de periodista, los emisores fueron creando las normas para la elaboración de unos mensajes en los que estuviera desterrada toda ambigüedad. La lucha secular de los periodistas por conseguir sus propias señas de identidad estilística en el campo literario es, en realidad, la lucha por la conquista del mensaje semántico; es decir, el mensaje en el que los signos están perfectamente normalizados y se combinan entre sí de acuerdo con una sintaxis rígidamente establecida.

Porque, si la comunicación literaria suele traer consigo alteraciones lingüísticas, cambios de registro en los modos de expresión del emisor, la comunicación periodística busca todo lo contrario a esa modificación del sentido de los textos que puede permitirse la literatura. Ese cambio de valor de las palabras interrumpe o atenúa la información de actualidad y la valoración que sigue a la realidad de las noticias. Y supone la irrupción en el texto de una subjetividad que puede ser enormemente enriquecedora desde un punto de vista creativo, pero no precisamente noticiosa ni periodística. El estilo, la manera de presentar los hechos, va en el periodismo unido a la brevedad, a la exactitud, a la precisión y, más que a cualquier otra cosa, a la realidad.

Para alcanzar tal objetivo, hay que partir de la realidad de un cambio notable en el horizonte del periodismo clásico que, en lo que se refiere a los periódicos, ha llevado a desplegar un nuevo concepto y una nueva imagen cuando la edición se prepara para la pantalla. Los directores de los principales medios digitales españoles han dicho recientemente que Internet transforma y hace más ágil la prensa escrita. Y, si es cierto que todos coinciden al afirmar que una de las claves del futuro de la prensa digital está en los contenidos y en hacer compatible la rapidez de este soporte electrónico con la fiabilidad del papel tradicional, también han destacado en distintas reuniones académicas la importancia de llegar a determinar las características del lenguaje adecuado –un nuevo lenguaje– para la transmisión de información a través de la Red, que ve crecer el número de usuarios cada año.

3 CONCEPTO DE LENGUAS DE ESPECIALIDAD  (Sumario)

Después de definir el lenguaje periodístico, es importante establecer el concepto de lenguas de especialidad caracterizadas como subconjuntos de recursos específicos, lingüísticos y no lingüísticos, discursivos y gramaticales, que se utilizan en situaciones consideradas especializadas por sus condiciones comunicativas. Como apunta Pierre Herat, “Los fundamentos teóricos de los lenguajes de especialidad hay que buscarlos en la teoría de la lingüística general” (Herat, 1997: 8):

Por tanto, la noción de “lenguaje de especialidad” tiene, aún hoy, unos límites bastante difusos debido en buena medida a la poliedricidad del fenómeno, que puede enfocarse desde ángulos e intereses cognitivos muy variados (lingüístico, epistemológico, social, computacional, etc.). “De entre las múltiples dimensiones de los lenguajes de especialidad, destacan sobremanera la lingüística y la epistemológica, ya que son éstas las que vienen a condicionar el entendimiento del mensaje especializado” (Felber  & Picht, 1984: 156).

Tradicionalmente, el acento se ha venido poniendo en el primero de los enfoques, pero lo cierto es que se echa en falta una aproximación integradora. Sin embargo, en los últimos tiempos estamos asistiendo a un cambio de orientación en el tratamiento de los lenguajes de especialidad que está en consonancia con la vocación interdisciplinar de un nutrido número de campos de conocimiento con los que confluye. En el caso que nos ocupa, el viraje ha venido motivado por factores de índole pragmática y cognitiva.

El primero de dichos factores de cambio lo representa la toma en consideración de la dimensión eminentemente social de estos lenguajes. El propio concepto de “lenguaje de especialidad” tiene un origen sociolingüístico: la sociedad como estructura lingüísticamente homogénea se desmiembra en función del uso que cada subgrupo hace de la Lengua General (LG). Es así como surgen los denominados sublenguajes (Sager, 1986) o lenguajes especializados en un sentido lato, que lo son en virtud de las características singularizadoras de una comunidad dada de usuarios (p. ej.: la edad, el estrato social, la procedencia geográfica, etc.).

Así pues, la lengua como sistema admite variación en función de los ámbitos comunicativos concretos, que Hoffmann (1998: 21-69) define como “el sector de la realidad social en “què s´utilitza el llenguatge d´especialitat corresponent”. Uno de los parámetros que otorga un carácter “especial” al uso que se hace de la lengua como sistema es la temática, y es así como llegamos a la noción de lenguajes especializados en virtud de la temática. Es la temática especializada la que imprime un carácter marcadamente social a los lenguajes de especialidad, como afirman Picht y Draskau (1985: 14), “es este el elemento que define y cohesiona a la comunidad lingüística que se sirve de ellos”.

También, María Teresa Cabré mantiene que los lenguajes de especialidad desde esta perspectiva no son tipos puros, sino más bien mixtos, “a medio camino entre los lenguajes artificiales y las lenguas naturales, que presentan peculiaridades propias”, especialmente de carácter semiótico. El énfasis en establecer una frontera clara entre lo general y lo especializado reside en su indiscutible utilidad metodológica, pero lo cierto es que no se han postulado criterios objetivos y sólidos de diferenciación, debido en esencia a lo difuso de las lindes que los demarcan.

Las relaciones que se establecen entre lo general y lo especializado son recíprocas y de variada naturaleza. En la que más repetidamente se ha reparado es en la relación de dependencia, y es que los lenguajes especializados no son concebibles sin lo que ha da dado en llamarse Lengua General (LG). Gráficamente, dicha relación cabe interpretarla como una relación de inclusión del lenguaje especializado con respecto de la LG y de la intersección con la Lengua Común (LC), que para Cabré es el nexo entre todos los subconjuntos que participan de la LG, y que Rondeau (1984) define como “L´ensemble de mots et expressions qui, dans le contexte où ils sont employées, ne se réfèrent pas à une activité spécialisée”.

Relación entre lengua global, lengua general y lenguajes de especialidad (Cabré, 1993).

4 EL LENGUAJE DE LA ADMINISTRACIÓN  (Sumario)

Conviene saber que en la bibliografía existente sobre el lenguaje administrativo hay autores que han cuestionado la existencia de este paradigma como lengua especial. Es el caso de Jacques Gondoin (1986: 84). Hay otros que sostienen que los límites entre la lengua general y la lengua de especialidad son difíciles de precisar. Es la tesis defendida por M.ª Teresa Cabré (1993: 214- 215), quien en su estudio La terminología, sostiene que “dentro de un mismo campo de especialidad también pueden coexistir efectivamente unidades formales idénticas con significado diferente”. La relación unívoca entre el significante y el significado de un signo deja de existir cuando hay varias formas de expresar lo mismo. No es el caso de la lengua de la Administración, donde un léxico de base jurídica ha de ser utilizado con suma precisión.

El lenguaje de la Administración, al menos en modalidad escrita y en la variante de comunicación directa entre organismos oficiales y particulares, cuenta con unas características propias, no solo de léxico, gramática y estilo, sino también de teoría lingüística tales que son suficientes para afirmar que existe un lenguaje específico de la Administración Pública. Por consiguiente, desde estas premisas no parece susceptible de duda la existencia de una modalidad de lengua o uso identificado como lengua de la Administración, que deriva de la lengua común, pero se diferencia de ella en varios aspectos. El lenguaje administrativo es Lenguaje técnico-jurídico.

El 30% restante conoce un uso semejante al común. Para ver qué es lo que diferencia una y otra realidad hemos tenido en cuenta a Enrique Alcaraz Varó & Brian Hugues (1993) y, sobre todo, a Philippe Barbaud de cuyo análisis hemos preferido partir. Este autor se propuso estudiar las relaciones existentes entre la lengua de la Administración y la lengua común y es hasta ahora la más exacta caracterización que sobre este tema conocemos. Según Barbaud (1981: 1-42):

“Los hablantes comunes somos depositarios de la lengua, pero hemos de hacernos también accionistas de la lengua de la Administración, y esto nos coloca en una situación no sólo de indefensión por no comprender dicha lengua, sino también de desigualdad porque no todos pueden llegar a ser accionistas”.

Por las razones siguientes:

  1. Porque la comunicación entre la Administración y el ciudadano no participa de las características de una comunicación lingüística normal.
  2. Porque el lenguaje administrativo es una elaboración sociocultural sui generis, fruto de estadios evolutivos distintos en la historia de la lengua.

Igualmente, en opinión de Ramón Sarmiento (1993: 22), catedrático de Lengua Española: “El lenguaje de la Administración es perfectamente descriptible en relación con el cuadro general de la comunicación ideado por el lingüista ruso Roman Jakobson y que tan buenos resultados ha dado en la lingüística del texto los últimos años”.

Allí, se aconseja describir la lengua mediante el recurso a la lingüística y a la teoría de la comunicación. El código convertible del lenguaje, con todas sus fluctuaciones de subcódigo a subcódigo y con todos los cambios sucesivos que experimente, debe ser descrito de modo conjunto y comprensivo mediante el recurso a la lingüística y a la teoría de la comunicación.

Hasta ahora, todos los estudios sobre el lenguaje administrativo se han centrado, o bien en la especificidad del léxico o bien en los rasgos estilísticos. Es el caso de los primeros trabajos de Luciana Calvo Ramos (1980, 1988, 1993, 1995), Jesús Prieto de Pedro y G. Abril Curto (1987), Manuel Martínez Bargueño (1987), Carles Duarte i Monserrat (1980, 1986) (1990), J. Prieto de Pedro (1991) quienes, a pesar de ello, aciertan en caracterizar el lenguaje jurídico-administrativo como:

“Una variedad funcional con un ámbito de uso (la Administración) y una norma lingüística peculiar: el lenguaje jurídico administrativo se caracteriza indudablemente por estos últimos factores de variación. Es, en sentido estructural, un lenguaje secundario que se sirve del lenguaje ordinario como plano significante [...], pero posee propiedades extrañas al uso general del idioma” (Prieto de Pedro, 1991: 131).

Y hasta se puede aceptar que el lenguaje de la Administración sea descrito en términos de tecnolecto o lenguaje técnico de la actividad administrativa; o “como una forma elaborada de la lengua natural, que se basa en la lengua estándar, que tiene un carácter supradialectal y formal” (Duarte, 1991: 100). Pero, de todo ello, nada es más específico de un lenguaje de especialidad que de otro cualquiera; no sirve para caracterizar. Lo que hay que preguntar es “qué singulariza el lenguaje administrativo frente a otros lenguajes de especialidad” (Castellón Alcalá, 2000: 10-17).

El lenguaje administrativo es de naturaleza culta y se ve influido por su raíz jurídica, cuyas características serían la existencia de un vocabulario rico en sustantivos, en el que destacan los términos jurídicos que cuentan con una significación precisa y diferenciada del lenguaje común; la abundancia de nexos: a tenor de, al amparo de; a instancia de; las frases largas junto a la omisión, en otras ocasiones, de elementos de la oración en el llamado estilo telegráfico en impresos y formularios; el uso de clichés o muletillas: de conformidad con lo establecido en el artículo… La inclusión hasta fechas recientes de fórmulas de salutación o cortesía; el empleo del plural oficial le rogamos que...

4.1 Características del lenguaje de la administración (Sumario)

Estos textos son una muestra de lo que el ciudadano “normal” debe interpretar dado su carácter jurídico-administrativo. Por tanto, la correcta comprensión de este tipo de documentos se convierte en habilidad importante desde el punto de vista social. Como apunta Ramón Sarmiento: “Los destinatarios de los textos administrativos tienen derecho a entender lo que les envía cualquiera de las Administraciones Públicas con las que han de relacionarse y la claridad del lenguaje y la transparencia han de regir todos sus actos administrativos”.

4.2 Ejemplos del léxico jurídico-administrativo (Sumario)

A cuyos efectos ... Expresión habitual en el lenguaje administrativo cuya repetición ha acabado por convertirla en una muletilla.

A falta de ... Locución prepositiva que equivale a “careciendo de, sin”.

A instancia de ... Formulismo propio del lenguaje administrativo para pedir oficialmente algo.

A su mejor derecho ... Léxico administrativo. Frase hecha convertida en “cliché”. Acta ... Significa “atestiguamiento de un hecho” (relación escrita de lo sucedido  y acordado  en una reunión).

Ajustado a derecho ... Tecnicismo jurídico. Funciona como adjetivo y significa “acorde con las disposiciones legales”.

Amparar, ampararse ... Léxico administrativo. Tiene el significado de “proteger (protegerse)”.

Apercibir, apercibimiento ... Léxico administrativo. Tiene el significado de “advertir”, “avisar”.

Aportación, aportar ... Léxico administrativo. Tiene el significado de “exposición de ciertas pruebas, razones o testimonios en defensa de algo para probarlo”.

Apremio ... Léxico administrativo. Profusamente usado por los organismos de la Hacienda Pública, que lleva a la confusión de personas con escasa cultura lingüística.

Compulsa, compulsar ... Significa “comparar dos cosas para apreciar su exactitud o conformidad”, particularmente, en el lenguaje administrativo “comparar una copia con su original”.

Constancia, constar ... Léxico jurídico-administrativo. Significa “hacer constar por escrito un dato, una declaración,  un hecho”.

Dación ... Léxico jurídico. Significa “cesión o entrega al acreedor del dominio de los bienes por el precio de la deuda que se compensa total o parcialmente”.

En tal caso ... Giro del lenguaje administrativo. Equivale a “en ese caso”, expresión habitual de la lengua  común.

Instrucción, instruir ... Léxico administrativo. Significa “acción de llevar a efecto un procedimiento  o expediente administrativo”.

Llevar a efecto ... Lenguaje jurídico-administrativo. Significa “ejecutar, hacer, concluir”.

Personarse ... Significa “acudir una persona a cierto sitio en que es esperada o tiene que realizar algún trámite o gestión”. Voz muy empleada en el lenguaje administrativo.

Por conducto de ... Arcaísmo administrativo. Locución prepositiva específica del lenguaje administrativo. Significa “vía” o “medio”.

4.3 Pérdida del control verbal por parte del receptor  (Sumario)

El receptor de la lengua de la Administración no tiene más elección que adoptar una actitud pasiva frente a las formas lingüísticas elaboradas fuera del circuito del habla que bien podría controlar, pero que en realidad no puede hacer, dado que el control del circuito del habla por parte del hablante supone una participación voluntaria de éste en la elección, tácita o implícita:

  1. De la situación lingüística
  2. Del canal de comunicación
  3. Del objeto de la misma comunicación

Así pues, la pérdida del control verbal por parte del usuario radica en una primera diferencia, lo cual contribuye a instaurar una situación conflictiva entre la lengua de la Administración y la lengua común. En efecto, la promoción ideológica de la Administración al rango de emisor modelo –hablante modelo– tiene como consecuencia expulsar del circuito verbal la posibilidad de retroalimentación (o feedback conversacional), característica ésta esencial del acto de la lengua. Pero, según R. Jakobson, el feedback determina el aspecto irreductible de la relación complementaria que establecen los procesos de emisión y de recepción; y sin hablante y sin oyente, se puede afirmar que no existe verdadera comunicación.

4.4  Una realidad de percepción más que una realidad de producción (Sumario)

La lengua de la Administración es para el ciudadano una realidad de percepción, pero no es una realidad de producción individual. Esto se explica evidentemente por las restricciones puramente histórico-sociales y materiales que se ejercen sobre el tipo de comunicación que privilegian los estados modernos respecto del “gran público”. En efecto, el aparato administrativo del Estado tiene la obligación de informar, explicar y divulgar las leyes y todo lo que, de manera general, se relaciona con los administrados. Tal es a grandes rasgos la naturaleza del mensaje legislativo o, si se prefiere, del de la legitimidad.

En esta situación, el ciudadano como receptor desarrolla frente a la lengua de la Administración un comportamiento verbal que se traduce en una cantidad reducida de prácticas lingüísticas en cuyo origen está presente como copartícipe, pero no lo está como productor. Prueba de ello es que menos de la mitad de las seis funciones cardinales del lenguaje de Jakobson están asociadas al circuito del habla donde el ciudadano (receptor) y el emisor (Administración) aparecen como  interlocutores implicados.

En este sentido, el ciudadano está, por consiguiente, abocado a participar en situaciones idiomáticas que exigen su competencia comunicativa pasiva en detrimento de su competencia lingüística activa. En tanto emisor-receptor, el ciudadano registra toda suerte de discursos políticos, jurídicos, administrativos, etc.; debe aplicarse sobre todo a la lectura de numerosas publicaciones que se ve obligado a no ignorar:

Estos ejemplos no son más que una mínima ilustración de la lengua de la Administración en su función de portadora del mensaje de la legitimidad. Ésta es la lengua que alimenta la experiencia vivida por la mayoría de ciudadanos. Se trata de una visión empírica de las cosas; en suma, de una visión realista de la cotidianeidad intranscendente del sujeto hablante. Además, el estilo de la lengua de la Administración acarrea características que generalmente van unidas a la acción legislativa. Por ejemplo, la sintaxis se ve condicionada en el sentido de tener que utilizar profusamente formas lingüísticas unidas a los conceptos fundamentales de “obligación, condición y prohibición”. De ahí que las formas léxicas, morfológicas, sintácticas y, en grado más variable, fonéticas, contribuyan a identificar la lengua de la Administración y a asimilarla con lo que B. Bernstein (1975) entiende como “código elaborado”.

4.5 La ausencia de reciprocidad (Sumario)

El ser un circuito de información presupone en el sujeto hablante comportamientos que son de naturaleza distinta de los que rigen el intercambio verbal entre un hablante y un oyente normales; por ejemplo, el de la reciprocidad. Y éste, quizás sea el factor que más distingue el lenguaje administrativo de la lengua común. Esta circunstancia ya fue señalada por McLuhan en el sentido de que el hombre moderno, en tanto agente del circuito de información, se disocia frecuentemente del sujeto hablante del que nace la información.

En la estructura del esquema general de comunicación, la interacción lingüística va íntimamente unida a la competencia lingüística de todo sujeto hablante. Su carácter de reciprocidad, unido a la necesidad de comprender a los semejantes, es algo inherente a la especie humana como lo son los universales del lenguaje. Las formas lingüísticas, en particular, las de orden prosódico (pausas, dudas, curvas tonales,...) y las sintácticas (palabras subordinadas, interjectivas, vocativos…) son elaboradas en cada lengua en función del carácter biunívoco de la estructura bipolar de la comunicación (R. Jakobson). Las formas lingüísticas seleccionadas en razón de esta reciprocidad pueden ser calificadas de comunes, o vernáculas, porque son compartidas por los miembros de la comunidad  mediante  su competencia lingüística activa.

Por el contrario, la estructura del circuito de la información, en este caso el del lenguaje administrativo, está elaborado en función del medio y de la cultura. La forma que reviste el mensaje que se quiere comunicar, esto es, su presentación en cualquiera de las formas depende, en lo que concierne a la lengua de la Administración, no solamente de los modos de transmisión oral o escrito, sino también de los órganos de transmisión en tanto medios de comunicación.

En virtud de la preferencia por las fórmulas protocolarias y condicionadas por la ausencia de reciprocidad del lenguaje administrativo quedan excluidas todas las formas lingüísticas que exigen reciprocidad en el acto del habla, es decir, las formas auténticas del uso común vernáculo. Por ejemplo, de las seis funciones del lenguaje que señaló R. Jakobson, tres no son utilizadas en los textos de la Administración:

La preferencia por las fórmulas protocolarias en la elaboración de los textos viene impuesta por la naturaleza lingüística del mensaje de la Administración, donde hay una clara tendencia a ocultar el emisor omnipresente. Entre los trabajos consultados llama poderosamente la atención uno, porque está bien titulado: El texto jurídico-administrativo. Su autora, Elena de Miguel (2000: 6), tras describir a través de dieciséis rasgos el lenguaje de los textos jurídico-administrativos, concluye que es un texto comunicativamente fallido:

“El tipo de lenguaje que hemos descrito tiene como resultado textos comunicativamente fallidos, en la medida en que en ellos se persigue la máxima precisión, exactitud y coherencia y lo que se obtiene con bastante frecuencia son prosas intrincadas, pesadas, ininteligibles...”.

Este trabajo y otros de este tipo resultan poco clarificadores porque no han llegado a distinguir con claridad suficiente una de las características de la lengua de la Administración, por más que la describen como lengua preferentemente escrita: es la característica de la textualidad frente a la de la oralidad. Es una condición sine qua non. Pues bien, si lo que confiere a la lengua su carácter maternal es la oralidad, lo que, por el contrario, impregna la lengua de la Administración de su carácter de propiamente legítimo es la textualidad. Pero la oralidad no está limitada solamente al hablar común, como tampoco la textualidad está limitada al uso legítimo. Sus dominios respectivos se superponen.

En la relación lenguaje administrativo con la lengua común, el profesor Sarmiento (2005: 34) realiza la siguiente reflexión:

“Hay dos razones por las que el anonimato y la legitimidad se pueden aducir como las características socioculturales más sobresalientes, condiciona- das por el circuito de la información. Son las siguientes: de un lado, el Estado y, en cuanto órgano ejecutor y de gestión, la Administración llegan a solaparse. De otro lado, esta percepción del Estado-Administración, emisor ficticio, no nos permite verlo como una entidad individualizada que disponga de los mismos derechos fundamentales que los ciudadanos; esto significa, en materia del lenguaje, que la Administración ejerce sobre ellos las prerrogativas que son atribuidas al propietario de un bien cualquiera”.

Por esta circunstancia, la lengua de la Administración posee un estatuto de legitimidad en el sentido etimológico del término (ley y legalidad) que quiere rechazar la interpretación político-moral (poder-autoridad) con que a menudo  se tiñe el uso de esta palabra legitimidad hasta el punto de urdir la ficción de que existe un hablar legítimo confundido con uso o lengua legítimos. La unidad de la República en la Francia del siglo XVIII exigió también la unidad idiomática, aunque para ello se tuvo que recurrir a la coacción: “l'unité de l'idiome est une partie intégrante de la Revolution' [...] Il faut identité de langage”.

El comportamiento lingüístico del ciudadano hablante obedece, pues, a una doble exigencia, a la vez contradictoria y complementaria. Que el hablante sea consciente o no de esto dependerá que oriente su competencia lingüística en el sentido de un aprendizaje objetivo de formas protocolarias del español o no las ignore. En esta disposición voluntaria del hablante reside una respuesta a la mayor o menor necesidad de identificación del ciudadano con la nación, del individuo con la sociedad. Sentido como una necesidad, este aprendizaje le hace participar activamente en el proyecto nacional, ya que el receptor es anónimo, múltiple y heterogéneo (de cultura variada, de diferente formación), tiene un papel pasivo en el proceso y no puede comprobar la autenticidad de los datos transmitidos.

La modernización del lenguaje administrativo representa un tema actual desde hace varios años. El progreso que se ha logrado en diferentes tipos de textos es innegable Sin embargo, hay determinada documentación que todavía se resiste a cualquier actualización. Para ello, sería conveniente articular los tres ejes que abarcan la mayor parte de los problemas tradicionales en este tipo de lenguaje: el eje de lo lingüísticamente correcto; el eje de lo estilísticamente elegante y el eje de la claridad que merecemos como ciudadanos.

5 CONCLUSIONES (Sumario)

Los textos periodísticos son, en definitiva, el resultado de un proceso de comunicación que presenta unos rasgos característicos que los diferencian de otros textos. Así, en los medios de comunicación no sólo se transmiten palabras. En el mensaje periodístico confluyen una serie de códigos entre los que el código verbal es fundamental, porque las palabras han de representar todo el sentido de nuestra ideación. Ahora bien, los códigos verbal e icónico forman un todo, y no tendría sentido analizar un titular al margen de la noticia a la que acompaña, como tampoco la información radiofónica sólo a través del sonido o la palabra, ni la información televisiva sólo a través de la imagen.

Por tanto, es en estos medios donde los profesionales deben extremar su cuidado del lenguaje ya que, si se realizara un análisis pormenorizado de la prensa, en muchos casos, quedaría patente el deficiente manejo del idioma en la comunicación. No podemos olvidar que muchas personas “nutren” su cultura lingüística mediante periódicos y revistas; circunstancia por la que estos profesionales adquieren una gran responsabilidad ante la sociedad, como han reseñado en diversas ocasiones algunos estudiosos del lenguaje periodístico.

Respecto a las características comunes que los lenguajes de especialidad comparten con la lengua general y el constante trasvase de unidades de una a otras son la causa fundamental de la dificultad que existe para separar las palabras (como unidades léxicas de la lengua general) de los términos (unidades de los lenguajes de especialidad).

Es indudable, pues, que en el acto del lenguaje lo primero ha de ser la idea y lo segundo su expresión, utilizando los signos lingüísticos como instrumento. De acuerdo con esta íntima unión del conocimiento y el lenguaje, se puede afirmar que la primera función del lenguaje es hacer posible la actividad cognoscitiva, es decir, la formación de conceptos, juicios y razonamientos. El lenguaje es, por tanto, el instrumento del que nos servimos para expresar los conceptos, formar los juicios y pensar o razonar, y el que, como tal instrumento, nos sirve para dar forma a aquéllos.

Este lenguaje, cuando es utilizado desde la Administración, se sitúa en la exacta intersección de la lengua materna y de la lengua legítima. Esto quiere decir que el estado de la lengua actual y la lengua del Estado-Administración conforman dos subconjuntos del conjunto único donde la lengua común las tiene asociadas sin confundirlas. Y, a pesar de una franja totalmente equívoca que realmente existe, el hablar común y la lengua legítima interactúan y se mezclan, pero con restricciones, gracias a la doble recuperación que surge simultáneamente de la oralidad y de la textualidad.

Por tanto, sobre el lenguaje administrativo podemos concluir que es una realidad de percepción pasiva, ajena al circuito verbal de la comunicación que se da en la lengua común; y, además, es un código elaborado, prefijado, que el ciudadano en cuanto hablante ha de aprender, lo cual le acarrea una pérdida mayor del control verbal. Así, como depositario de la lengua legítima, no hay, finalmente, más que una elección posible para el Estado que desea atenuar las tensiones que van unidas a la realidad lingüística de nuestra época: reducir las desigualdades sociales fomentando el conocimiento y una mejor convivencia interlingüística y esperando, por ello, disminuir la discriminación que  ocasiona el uso legítimo de la lengua para que el ciudadano pueda comprender los textos de sus comunicaciones respecto a su obligado cumplimiento con la Administración; citaciones judiciales, u otros, ya que como se sabe “el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento”.

Consecuentemente, el objetivo del texto jurídico-administrativo es legislar, regular la actividad social e informar, ya que en los últimos años se ha acrecentado el interés por el estudio del uso especial del lenguaje que se emplea en los documentos jurídicos y administrativos. Ese interés, del que participan por igual periodistas, juristas y filólogos, persigue un objetivo claro: minimizar el hermetismo que tradicionalmente ha caracterizado a la redacción jurídico-administrativa en la búsqueda del correcto entendimiento entre la Administración y el ciudadano, donde la claridad y la sencillez sean rasgos irrenunciables.

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