El nuevo marco regulador europeo de los servicios audiovisuales bajo petición y de intercambio de vídeo. Su repercusión en el mercado español de plataformas
DOI:
https://doi.org/10.33732/ixc/09/03ElnuevPalabras clave:
televisión, directiva europea, intercambio de vídeo, vídeo bajo demanda, derechos de autor, neutralidad tecnológica, contenidos audiovisuales,Resumen
El presente artículo analiza cómo está configurado el nuevo marco regulador europeo de los servicios audiovisuales bajo petición y de intercambio de vídeos, en el contexto actual de intersección y convergencia entre la televisión y los servicios de Internet. Además, se observa qué caracteriza a las diez principales plataformas de vídeo que operan en el mercado español de cara a su adaptación a la nueva regulación. Para ello se profundiza en los aspectos más relevantes contemplados al respecto en la Directiva Europea de Servicios de Comunicación Audiovisual (2018) y en la Directiva de Derechos de Autor (2019), así como las implicaciones que tiene la neutralidad tecnológica. Se llega a la conclusión de que el nuevo marco regulador aplica a las plataformas reglas similares a las que ya regulan los canales de televisión europeos, y aporta mayor transparencia, más protección para los usuarios y creadores de contenidos, así como medidas de no discriminación en el acceso a los contenidos. Se observa que las plataformas objeto de estudio que operan en España requerirán una adaptación al nuevo escenario audiovisual europeo, especialmente en lo que se refiere a contenidos para menores, verificación de edad de usuarios y porcentaje de producción europea.
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